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Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedINLa Xunta ha ampliado la obligatoriedad del uso de mascarilla, que debe llevarse forma general aunque se pueda mantener la distancia de seguridad, y requerirá que este elemento se emplee cuando se esté en bares y restaurantes, en donde solo se podrá retirar "en el momento específico del consumo" y deberá volver a colocarse el resto del tiempo que se permanezca en estos locales o en sus terrazas.
Las medidas entrarán en vigor este domingo, de acuerdo con DOG, que especifica que la mascarilla pasa a ser obligatoria en todo momento para los mayores de seis años cuando se esté en la vía pública y espacios al aire libre y también en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, incluso en elcaso de que se pueda garantizar la distanciade seguridad interpersonal de 1,5 metros. Hasta el momento, si las personas se podía situar con esta separación, se podía prescindir de la mascarilla.
Las excepciones a la obligación de su uso son, además del consumo en bares y restaurantes, los casos de personas con algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda ver agravada con su utilización o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tengan autonomía para retirarse este elemento o que presenten alteraciones de conducta que hagan "inviable" llevarla puesta.
Tampoco será necesario llevar mascarilla cuando en un mismo turismo todas las personas a bordo sean convivientes o en los cuartos de alojamientos turísticos o camarotes de barcos cuando solo se encuentren en el interior las personas que se alojan en los mismos.
En las playas y piscinas no será necesario este elemento en el momento del baño o si se permanece en un espacio determinado, sin desplazarse, y "siempre que se pueda garantizar" la distancia de seguridad interpersonal entre no convivientes. No obstante, "será obligatorio el uso de mascarilla para los accesos, desplazamientos y paseos" en estos espacios.
El texto publicado en el DOG incluye también la recomendación de que las personas que coincidan en espacios privados, como un domicilio particular, sean abiertos o cerrados, usen mascarilla "en el caso de reuniones o de posible confluencia de personas no convivientes", aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal.
Por otra parte, "queda expresamente prohibido" el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques y plazas u otros lugares de tránsito público, lo que se conoce como botellón.
El motivo son "los riesgos que presenta para la salud pública", relacionados con la aglomeración "incontrolada" de personas y la "ausencia o relajación de medidas de seguridad y de distanciamiento social". La resolución indica que la administración local será la encargada de "adoptar las medidas oportunas" para evitar botellones.
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